Fecha publicación: 2005-07-30
«Las bases morales prepolíticas del Estado liberal»,
según Joseph Ratzinger
Ponencia en un diálogo con Jürgen Habermas, 19 de
enero de 2004
ROMA, sábado, 30 julio 2005 (ZENIT.org).- Ponencia leída
por Jürgen Habermas el 19 de enero de 2004 en la «Tarde
de discusión» con Jürgen Habermas y el cardenal
Joseph Ratzinger, organizada por la Academia Católica de
Baviera en Munich. El tema «Las bases morales prepolíticas
del Estado liberal». Abrieron la discusión los dos
invitados con sendas ponencias. Primero habló Habermas,
después Ratzinger. Lo que sigue fue la ponencia o «posicionamiento»
de Habermas.
* * *
En la aceleración del tempo de las evoluciones históricas
en la que nos encontramos, aparecen, a mi juicio, sobre todo dos
factores como elementos característicos de una evolución
que antes sólo parecía producirse lentamente. Se
trata, por un lado, de la formación de una sociedad mundial
en la que los poderes particulares políticos, económicos
y culturales se ven cada vez más remitidos recíprocamente
unos a otros y se tocan y se complementan mutuamente en sus respectivos
ámbitos de vida. La otra característica es el desarrollo
de posibilidades del hombre, de posibilidades de hacer y de destruir,
que, más allá de lo que hasta ahora era habitual,
plantean la cuestión del control jurídico y ético
del poder. Y así se convierte en una cuestión de
gran urgencia la de cómo las culturas que se encuentran,
pueden hallar fundamentos éticos que puedan conducir su
convivencia por el camino correcto y permitan construir una forma
de domar y ordenar ese poder, de la que puedan responsabilizarse
en común.
Que el proyecto presentado por Hans Küng de un “ethos
universal”, se vea alentado desde tantos lados, demuestra,
en todo caso, que la pregunta está planteada. Y ello es
así aunque se acepten las agudas críticas que Robert
Spaemann ha hecho a ese proyecto (1). Pues a los dos factores
antes señalados se añade un tercero: en el proceso
de encuentro y compenetración de las culturas se han quebrado
y, por cierto, bastante profundamente, certezas éticas
que hasta ahora se consideraban básicas. La pregunta acerca
de qué sea el bien, sobre todo en el contexto dado, y por
qué hay que hacer ese bien, aun en perjuicio propio, esta
cuestión básica es una cuestión para la que
en buena parte se carece de respuesta. Pues bien, a mí
me parece evidente que la ciencia como tal no puede producir ningún
ethos, y que, por tanto, una renovada conciencia ética
no puede producirse como resultado de debates científicos.
Por otra parte, es también indubitable que el cambio fundamental
de visión del mundo y visión del hombre que se ha
producido como resultado de los crecientes conocimientos científicos,
está implicado muy esencialmente en la ruptura de viejas
certezas morales. Por tanto, la ciencia tiene, ciertamente, una
responsabilidad en lo que se refiere al hombre, y muy en particular
la filosofía tiene la responsabilidad de acompañar
el desenvolvimiento de las ciencias particulares, de iluminar
críticamente las conclusiones apresuradas y las certezas
aparentes acerca de qué sea el hombre, de dónde
viene, y para qué existe, o, dicho de otra manera, de separar
el elemento no científico en los resultados científicos
con los que ese elemento no científico viene a veces mezclado,
y mantener así abierta la mirada al todo, es decir, mantener
abierta la mirada a ulteriores dimensiones de realidad del hombre,
realidad de la que en las ciencias sólo pueden mostrarse
aspectos parciales.
PODER Y DERECHO
Concretamente es tarea de la política el poner el poder
bajo la medida del derecho y establecer así el orden de
un empleo del poder que tenga sentido y sea aceptable. Lo que
ha de prevalecer no es el derecho del más fuerte sino la
fuerza del derecho. El poder atenido al orden del derecho y puesto
al servicio del derecho es lo contrario de la violencia, y por
violencia entendemos el poder exento de derecho y contrario al
derecho. Por tanto, es importante para toda sociedad superar las
sospechas bajo las que en este sentido puedan estar el derecho
y los órdenes jurídicos, porque sólo así
puede desterrarse la arbitrariedad y sólo así puede
vivirse la libertad como libertad compartida, tenida en común.
La libertad exenta de derecho es anarquía, y, por tanto,
destrucción de la libertad. La sospecha contra el derecho,
la revuelta contra el derecho, estallarán siempre que el
derecho mismo no aparezca ya como expresión de una justicia
que está al servicio de todos, sino como producto de la
arbitrariedad, como derecho que se arrogan aquellos que tienen
el poder de hacerlo.
La tarea de poner el poder bajo la medida del derecho, remite,
por tanto, a una cuestión ulterior: a la de cómo
surge el derecho, y cómo tiene que estar hecho el derecho
para convertirse en vehículo de la justicia y no en privilegio
de aquellos que tienen el poder de dictar el derecho. Se trata,
pues, por una parte, de la cuestión de cómo se ha
formado el derecho, pero, por otra parte, se trata también
de la cuestión de su propia medida interna. El problema
de que el derecho no debe ser instrumento de poder de unos pocos,
sino que tiene que ser expresión de un interés común,
este problema parece haber quedado resuelto, al menos por de pronto,
con el instrumento que representa la formación democrática
de la voluntad, porque en esa formación democrática
de la voluntad todos cooperan en la producción de ese derecho,
y, por tanto, ese derecho es un derecho de todos y puede y debe
ser respetado por todos como tal. Y, efectivamente, es la garantía
de una cooperación común en la producción
y configuración del derecho y en la administración
justa del poder, es esa garantía, digo, la razón
más básica que habla a favor de la democracia como
la forma más adecuada de orden político.
Sin embargo, queda, a mi juicio, todavía una cuestión.
Como difícilmente puede haber unanimidad entre los hombres,
a la formación democrática de la voluntad sólo
le queda como instrumento imprescindible la delegación,
por un lado, y, por otro, la decisión mayoritaria, exigiéndose
mayorías de distinto tipo según sea la importancia
de la cuestión de que se trate. Pero también las
mayorías pueden ser ciegas y pueden ser injustas. La historia
lo demuestra de forma más que clara. Y cuando una mayoría,
por grande que sea, reprime a una minoría, por ejemplo
a una minoría religiosa, a una minoría racial, mediante
leyes opresivas, ¿puede seguirse hablando de justicia,
puede seguirse hablando de derecho? Por tanto, el principio de
la mayoría deja todavía abierta la cuestión
acerca de los fundamentos éticos del derecho, la cuestión
de si no hay lo que nunca puede ser derecho, es decir, de si no
hay lo que siempre será en sí una injusticia, o
a la inversa, de si no hay también lo que por su esencia
ha de ser inamoviblemente derecho, algo que precede a toda decisión
mayoritaria y que tiene que ser respetado por ella.
La Edad Moderna ha expresado un conjunto de tales elementos normativos
en las diversas declaraciones de derechos y los ha sustraído
al juego de las mayorías. Pues bien, es posible que la
conciencia actual simplemente se dé por satisfecha con
la interna evidencia de esos valores. Aunque la verdad es que
tal autolimitación del preguntar tiene también un
carácter filosófico. Hay, pues, valores que se sostienen
por sí solos, que se siguen de la esencia del ser humano
y que, por tanto, resultan intangibles para todos cuantos tienen
esa esencia. Sobre el alcance de esta manera de ver las cosas,
habremos de volver todavía más tarde, sobre todo
porque esa evidencia (que no querría hacerse más
preguntas) de ninguna manera es reconocida hoy en todas las culturas.
El Islam ha definido su propio catálogo de derechos del
hombre, que se desliga del catálogo occidental. China viene
hoy determinada, ciertamente, por una forma de cultura surgida
en Occidente, por el marxismo, pero, si no estoy mal informado,
en China se plantea la cuestión de si los derechos del
hombre, no son más bien un invento típicamente occidental,
al que habría que investigarle la trastienda.
NUEVAS FORMAS DE PODER Y NUEVAS CUESTIONES RELATIVAS A SU CONTROL
Cuando se trata de la relación entre poder y derecho y
de las fuentes del derecho, hay que examinar también más
detenidamente el fenómeno del poder. No voy a tratar de
definir la esencia del poder como tal, sino que voy a bosquejar
los desafíos que resultan de las nuevas formas de poder
que se han desarrollado en el último medio siglo. En el
período inmediatamente posterior a la Segunda Guerra Mundial
era dominante el terror ante el nuevo medio de destrucción
que el hombre había adquirido con el invento de la bomba
atómica. El hombre se vio de pronto en situación
de poder destruirse a sí mismo y de poder destruir la Tierra.
Y entonces hubo que preguntarse: ¿qué mecanismos
políticos son menester para excluir tal destrucción?,
¿podemos encontrar tales mecanismos y hacerlos efectivos?,
¿pueden movilizarse fuerzas éticas que contribuyan
a dar configuración a tales mecanismos políticos
y a prestarles eficacia? Y de hecho durante un largo período
fue la propia competencia entre los bloques de poder contrapuestos
y el miedo a poner en marcha la propia destrucción mediante
la destrucción del otro, lo que nos mantuvo a resguardo
del espanto de la guerra atómica. La mutua limitación
del poder y el temor por la propia supervivencia resultaron ser
las fuerzas salvadoras.
Mientras tanto, lo que nos angustia no es el miedo a una gran
guerra, sino más bien el terror omnipresente que puede
golpear en cualquier sitio y puede operar en cualquier sitio.
La humanidad, es lo que vemos ahora, no necesita en absoluto de
la gran guerra para convertir el mundo en un mundo invivible.
Los poderes anónimos del terror que pueden hacerse presentes
en todas partes, son lo suficientemente fuertes como para perseguir
a todos incluso en la propia existencia cotidiana de todos y cada
uno, permaneciendo en pie el fantasma de que los elementos criminales
puedan lograr acceder a los grandes potenciales de destrucción
y así, de forma ajena al orden de la política, entregar
el mundo al caos. Y de esta forma, la pregunta por el derecho
y por el ethos se nos ha desplazado y se nos ha convertido en
esta otra: ¿de qué fuente se alimenta el terror?,
¿cómo se puede exorcizar desde su propio interior,
esta nueva dolencia de la humanidad? Y lo tremendo es que el terror,
por lo menos en parte, trata de legitimarse moralmente. Los mensajes
de Ben Laden presentaban el terror como respuesta de pueblos oprimidos
e impotentes al orgullo de los poderosos como justo castigo por
su arrogancia, por su sacrílega soberbia y por su crueldad.
Y a hombres que se encuentran en determinadas situaciones políticas
y sociales, tales motivaciones les resultan evidentemente convincentes.
En parte, el comportamiento terrorista se presenta como defensa
de la tradición religiosa frente a la impiedad y al ateismo
de la sociedad occidental.
Y en este punto se plantea una cuestión sobre la que asimismo
tendremos que volver: si el terrorismo está tan bien alimentado
por el fanatismo religioso –y lo está-,
¿es la religión un poder que levanta y salva, o
es más bien un poder arcaico y peligroso, que construye
universalismos falsos y conduce así a la intolerancia y
al terror? ¿No habrá entonces que poner a la religión
bajo la tutela de la razón e imponerle cuidadosos y estrictos
límites? Pero entonces no se puede evitar la pregunta:
¿y quién podrá hacer tal cosa?, ¿cómo
se hace tal cosa? Pero sigue en pie la pregunta general: la supresión
progresiva de la religión, su superación ¿no
habrá que considerarla un necesario progreso de la humanidad
si es que ésta ha de emprender el camino de la libertad
y de la tolerancia universal?
Mientras tanto ha pasado a primer plano otra forma de poder,
otra forma de capacidad, pero que en realidad puede convertirse
en una nueva forma de amenaza para el hombre. El hombre está
ahora en condiciones de poder hacer hombres, de producirlos, por
así decir, en el tubo de ensayo. El hombre se convierte
entonces en producto, y de este modo se muda de raíz la
relación del hombre consigo mismo. Pues el hombre deja
de ser entonces un don de la naturaleza o del Dios creador, el
hombre se convierte entonces en su propio producto. El hombre
ha logrado descender así a las cisternas del poder, a los
lugares fontanales de su propia existencia. La tentación
de ponerse a construir entonces al hombre adecuado (al hombre
que hay que construir), la tentación de experimentar con
el hombre, la tentación también de considerar quizá
al hombre o a hombres como basura y de dejarlos de lado como basura,
ya no es ninguna quimera de moralistas hostiles al progreso.
Si antes no podíamos eludir la cuestión de si las
religiones propiamente no eran una fuerza moral positiva, ahora
no tiene más remedio que surgirnos la duda acerca de la
fiabilidad de la razón. Pues en definitiva también
la bomba atómica es un producto de la razón; y en
definitiva la cría y selección del hombre es algo
que también ha sido la razón quien lo ha ideado.
¿No es, pues, ahora la razón lo que, a la inversa,
hay que poner bajo vigilancia? Pero, ¿por quién
o por medio de qué? ¿O no deberían quizá
religión y razón limitarse mutuamente y señalarse
en cada caso sus propios límites y traerse de esta forma
la una a la otra al camino positivo? En este lugar se plantea
de nuevo la cuestión de cómo en una sociedad mundial
con sus mecanismos de poder y sus fuerzas desatadas, así
como con sus muy distintas visiones acerca de qué es el
derecho y la moral, podrá encontrarse una evidencia ética
efectiva que tenga la suficiente fuerza de motivación y
la suficiente capacidad de imponerse, como para poder responder
a los desafíos señalados y ayuden a esa sociedad
mundial a hacerles frente.
PRESUPUESTOS DEL DERECHO: DERECHO – NATURALEZA –
RAZÓN
Por de pronto lo primero que parece que tenemos que hacer es
volver la mirada a situaciones históricas que son comparables
a la nuestra, en cuanto que puede haber tales cosas comparables.
Y así, merece la pena que empecemos recordando, aunque
sea muy brevemente, que Grecia también tuvo su Ilustración,
que el derecho fundado en los dioses perdió su evidencia
y que, a consecuencia de ello, hubo que preguntarse por un derecho
de bases más profundas. Y así surgió la idea
de que, frente al derecho establecido, que puede no ser más
que injusticia o falta de derecho, tiene que haber un derecho
que se siga de la naturaleza, que se siga del ser mismo del hombre.
Y éste es el derecho que hay que encontrar para que pueda
servir de correctivo al derecho positivo.
Pero incluso más natural y obvio que esta mirada sobre
Grecia es que nos fijemos en la doble ruptura que se produce en
la conciencia europea en la Edad Moderna y que obligó a
sentar las bases de una nueva reflexión sobre el contenido
y la fuente del derecho. Se trata, en primer lugar, del rompimiento
de los límites de Europa, del verse llevado el mundo cristiano
mucho más allá de sus propios límites, que
se produjo con el descubrimiento de América. Ello dio lugar
a un encuentro con pueblos que no pertenecían a la trama
que formaban el derecho y aquella fe cristiana que hasta entonces
había constituido para todos la fuente del derecho y había
dado al derecho su forma. Jurídicamente no hay nada común
con esos pueblos, no hay ninguna comunidad jurídica con
ellos. Pero, ¿quiere decir eso que entonces esos pueblos
carecen de derecho, como muchos afirmaron, siendo esto además
lo que prevaleció en la práctica, o no será
más bien que hay un derecho que transciende a todos los
sistemas de derecho, y que obliga y gobierna a los hombres como
hombres en todas sus formas de convivencia? Francisco de Vitoria
desarrolla en esta situación su idea de “ius gentium”
(derecho de gentes) a partir de la noción que desde Roma
ya pertenecía a la herencia intelectual; en el término
“gentes” de dicha expresión (la de “ius
gentium”) resuena el significado de paganos, de no cristianos.
Se está pensando (Francisco de Vitoria está pensando),
por tanto, en un derecho que antecede a la forma cristiana del
derecho y que tiene por fin articular una convivencia justa de
todos los pueblos.
La segunda ruptura en el mundo cristiano se produjo dentro de
la cristiandad misma a causa de la escisión de la fe, escisión
por la que la comunidad de los cristianos se desglosó en
comunidades que quedaron hostilmente unas frente a otras. De nuevo
se convertía en tarea desarrollar un derecho común
que antecediese al dogma, desarrollar por lo menos un mínimo
jurídico cuyas bases no podían radicar ahora en
la fe sino en la naturaleza, en la razón del hombre. Hugo
Grocio, Samuel Pufendorf y otros desarrollaron la idea de un derecho
natural entendido como un derecho racional que, más allá
de los límites de la fe, hace valer la razón como
órgano capaz de una formación y configuración
compartidas del derecho.
Sobre todo en la Iglesia Católica , el derecho natural
ha constituido siempre la figura de pensamiento con la que la
Iglesia en su diálogo con la sociedad secular y con otras
comunidades de fe ha apelado a la razón común y
ha buscado las bases para un entendimiento acerca de principios
éticos del derecho en una sociedad secular pluralista.
Pero, por desgracia, este instrumento se ha embotado y, por tanto,
en la discusión de hoy no me voy a apoyar en él.
La idea de derecho natural presuponía un concepto de naturaleza
en que naturaleza y razón se compenetran, en el que la
naturaleza misma se vuelve racional. Y tal visión de la
naturaleza se fue a pique con la victoria de la teoría
de la evolución. La naturaleza como tal no sería
racional, aun cuando haya comportamiento racional. Éste
es el diagnóstico que desde la teoría científica
se nos hace, y que hoy se nos antoja casi incontrovertible (2).
Y así, de las distintas dimensiones del concepto de naturaleza
que antaño subyacían en el concepto de derecho natural,
sólo ha quedado en pie aquélla que (a principios
del siglo tercero después de Cristo) Ulpiano articulaba
en su famosa frase: “Ius naturae est, quod natura omnia
animalia docet” (el derecho natural es aquél que
la naturaleza enseña a todos los animales) (3). Pero, precisamente,
esto no basta para nuestras preguntas, en las que precisamente
se trata de lo que no concierne a todos los “animalia”
(a todos los animales), sino que se trata de tareas específicamente
humanas que la razón del hombre ha causado y planteado
al hombre, y que no pueden resolverse sin la razón.
Como último elemento del derecho natural, que en lo más
profundo quiso siempre ser un derecho racional, por lo menos en
la Edad Moderna , han quedado los “derechos del hombre”.
Esos derechos son difíciles de entender sin el presupuesto
de que el hombre como hombre, simplemente por su pertenencia a
la especie hombre, es sujeto de derechos, sin el presupuesto de
que el ser mismo del hombre es portador de normas y valores que
hay que buscar, pero que no es menester inventar. Quizá
la doctrina de los derechos del hombre deba completarse con una
doctrina de los deberes del hombre y de los límites del
hombre, y esto podría quizá ayudar a replantear
la cuestión de si no podría haber una razón
de la naturaleza, y, por tanto, un derecho racional para el hombre
y para el estar del hombre en el mundo. Tal diálogo debería
interpretarse y plantearse interculturalmente. Para los cristianos
ello tendría que ver con la creación y con el Creador.
En el mundo hindú esos conceptos cristianos se corresponderían
con el concepto de “dharma”, con el concepto de la
interna legiformidad del ser, y en la tradición china a
ello correspondería la idea de los ordenes del cielo.
LA INTERCULTURALIDAD Y SUS CONSECUENCIAS
Antes de intentar llegar a unas conclusiones, quisiera ampliar
un poco más la indicación que acabo de hacer. La
interculturalidad me parece una dimensión imprescindible
de la discusión en torno a los fundamentos del ser humano,
una discusión que hoy ni puede efectuarse de forma enteramente
interna al cristianismo, ni tampoco puede desarrollarse sólo
dentro de las tradiciones de la razón occidental moderna.
En su propia autocomprensión, ambos (el Cristianismo y
la razón moderna) se presuponen universales, y puede que
de iure (de derecho) efectivamente lo sean. Pero de facto (de
hecho) tienen que reconocer que sólo han sido aceptados
en partes de la humanidad. El número de culturas en competición
es, ciertamente, mucho más limitado de lo que podría
parecer a primera vista. Y sobre todo es importante que dentro
de los distintos ámbitos culturales tampoco hay unidad,
sino que los espacios culturales se caracterizan por profundas
tensiones dentro de sus propias tradiciones culturales. En Occidente
esto es evidente. Aunque en Occidente la cultura secular de una
estricta racionalidad (y de ello nos ha dado un impresionante
ejemplo el señor Habermas), resulta ampliamente dominante
y se considera lo vinculante, no cabe duda de que en Occidente
la comprensión cristiana de la realidad sigue teniendo
igual que antes una fuerza bien eficaz. Ambos polos guardan entre
sí una cambiante relación de proximidad o de tensión,
están uno frente al otro, o bien en una mutua disponibilidad
a aprender el uno del otro, o bien en la forma de un rechazarse
más o menos decididamente el uno al otro.
También el espacio cultural islámico viene determinado
por tensiones similares; desde el absolutismo fanático
de un Ben Laden hasta actitudes que están abiertas a una
racionalidad tolerante, se da un amplio arco de posiciones, pues.
Y el tercer gran ámbito cultural, el de la cultura india,
o mejor los espacios culturales del hinduismo y del budismo, están
asimismo determinados por tensiones similares, aun cuando, en
todo caso desde nuestro punto de vista, esas tensiones ofrecen
un aspecto mucho menos dramático. Y esas culturas también
se ven expuestas tanto a las pretensiones de la racionalidad occidental
como a las interpelaciones de la fe cristiana, pues ambas han
hecho acto de presencia en esos ámbitos. De modos diversos,
esas culturas asimilan tanto la una como la otra, tratando, sin
embargo, a la vez de proteger también su propia identidad.
Completan el cuadro las culturas locales de África y las
culturas locales de América, despertadas éstas últimas
por determinadas teologías cristianas. Todas esas culturas
se presentan en buena medida como un cuestionamiento de la racionalidad
occidental, pero también como un cuestionamiento de la
pretensión universalista de la revelación cristiana.
¿Y qué se sigue de todo esto? Pues bien, lo primero
que se sigue es, a mi entender, la no universalidad fáctica
de ambas grandes culturas de Occidente, tanto de la cultura de
la fe cristiana como de la cultura de la racionalidad secular,
por más que ambas culturas, cada una a su manera, se hayan
convertido en codeterminantes en todo el mundo y en todas las
culturas. Y en este sentido, la pregunta del colega de Teheran,
a la que el señor Habermas ha hecho referencia, me parece
que es una pregunta de peso, la pregunta desde si desde el punto
de vista de la comparación cultural y de la sociología
de la religión, la secularización europea no representa
quizá un camino especial que necesitaría de alguna
corrección. Y ésta es una cuestión que yo
no reduciría sin más, o por lo menos no creo que
deba reducirse necesariamente, a ese estado de ánimo que
representan un Carl Schmitt, un Martin Heidegger o un Levi Strauss,
es decir, al estado de ánimo de una situación europea
que, por así decir, se hubiese cansado de la racionalidad.
Es un hecho, en todo caso, que nuestra racionalidad secular, por
más que resulte trivial y evidente al tipo de ratio que
se ha formado en Occidente, no es algo que resulte evidente y
convincente sin más a toda ratio, es decir, que esa racionalidad
secular, en su intento de hacerse evidente como racionalidad,
choca con límites. Su evidencia está ligada de hecho
a determinados contextos culturales y tiene que reconocer que,
como tal, no se la puede entender en toda la humanidad, es decir,
no puede encontrar comprensión en toda la humanidad, y
que, por tanto, no puede ser operativa en el conjunto. Con otras
palabras: no existe “fórmula del mundo”, racional,
o ética, o religiosa, en la que todos pudieran ponerse
de acuerdo y que entonces fuese capaz de sostener el todo. O en
todo caso, tal fórmula es por el momento inalcanzable.
Por eso, incluso los proyectos de un “ethos universal”,
a los que hemos empezado haciendo referencia, se quedan en una
abstracción.
CONCLUSIONES
¿Qué hacer, pues? En lo que respecta a las consecuencias
prácticas estoy en profundo acuerdo con lo que el señor
Habermas ha expuesto acerca de la sociedad postsecular, acerca
de la disponibilidad a aprender y acerca de la autolimitación
por ambos lados. Mi propio punto de vista voy a resumirlo en dos
tesis, con las que voy a concluir.
1.- Habíamos visto que hay patologías en la religión
que son altamente peligrosas y que hacen necesario considerar
la luz divina que representa la razón, por así decir,
como un órgano de control, desde el que y por el que la
religión ha de dejarse purificar y ordenar una y otra vez,
cosa que era por lo demás la idea de los Padres de la Iglesia
(4). Pero en nuestras consideraciones hemos obtenido también
que (aunque la humanidad no sea por lo general hoy consciente
de ello) hay también patologías de la razón,
hay una hybris de la razón que no es menos peligrosa, sino
que representa una amenaza aún mayor a causa de su potencial
eficiencia: la bomba atómica, el hombre como producto.
Por tanto, y a la inversa, hay también que amonestar a
la razón a reducirse a sus límites y a aprender
y a disponerse a prestar oídos a las grandes tradiciones
religiosas de la humanidad. Si la razón se emancipa por
completo y se desprende de tal disponibilidad a aprender y se
sacude tal correlacionalidad o se desdice de tal correlacionalidad,
la razón se vuelve destructiva.
Kart Hübner planteaba no hace mucho una exigencia similar
diciendo que en tal tesis no se trataba inmediatamente de un “retorno
a la fe”, sino que de lo que se trataba era de que “nos
liberásemos de esa obcecación de nuestra época,
conforme a la que la fe no podría decir ya nada al hombre
actual porque la fe contradiría a la idea humanista de
razón, Ilustración y libertad que ese hombre tiene”
(5). Yo hablaría, por tanto, de una necesaria correlacionalidad
de razón y fe, de razón y religión, pues
razón y fe están llamadas a limpiarse y purificarse
mutuamente y se necesitan mutuamente, y ambas tienen que reconocerse
mutuamente tal cosa.
2.- Esta regla fundamental debe hallar concreción en el
contexto intercultural de nuestra actualidad. Sin duda dos importantes
intervinientes en esa correlacionalidad son la fe cristiana y
la cultura secular occidenal. Y esto puede decirse y debe decirse
sin ninguna clase de eurocentrismo. Pues ambos (cultura secular
occidental y fe cristiana) determinan la actual situación
mundial en una proporción en que no la determinan ninguna
de las demás fuerzas culturales. Pero esto no significa,
ni mucho menos, que se pueda dejar de lado a las otras culturas
como una especie de “quantité négligeable”
(de magnitud despreciable). Para ambos grandes componentes de
la cultura occidental es importante ponerse a escuchar a esas
otras culturas, es decir, entablar una verdadera correlacionalidad
con esas otras culturas. Es importante implicarlas en la tentativa
de una correlación polifónica, en la que ellas se
abran a sí mismas a la esencial complementariedad de razón
y fe, de suerte que pueda ponerse en marcha un universal proceso
de purificaciones en el que finalmente los valores y normas conocidos
de alguna manera o barruntados por todos los hombres lleguen a
recobrar una nueva capacidad de iluminación de modo que
se conviertan en fuerza eficaz para una humanidad y de esa forma
puedan contribuir a integrar el mundo.
(Traducción de Manuel Jiménez Redondo)
NOTAS
1) R. Spaemann, „Weltethos als “Projekt““,
en: Merkur, Heft 570/571, 893-904.
2) La expresión más impresionante (pese a muchas
correcciones de detalle) de esta filosofía de la evolución,
hoy todavía dominante, la representa el libro de J. Monod,
El Azar y la Necesidad , Barcelona 1989. En lo que respecta a
la distinción entre lo que son los resultados efectivos
de la ciencia y lo que es la filosofía que acompaña
a esos resultados, cfr. R. Junker, S. Scherer (eds.), Evolution.
Ein Kritischer Lehrbuch, Giessen 1998. Para algunas indicaciones
concernientes a la discusión con la filosofía que
acompaña a esa teoría de la evolución, véase
J. Ratzinger, Glaube – Wahrheit – Toleranz , Friburgo
2003, 131-147.
3) Acerca de las tres dimensiones del derecho natural medieval
(dinámica del ser en general, teleología de la naturaleza
común a los hombres y a los animales [Ulpiano], y teología
específica de la naturaleza racional del hombre) cfr. las
referencias a ello en el artículo de Ph. Delhaye, Naturrecht,
en: LThK2 VII 821-825. Digno de notarse es el concepto de derecho
natural que aparece al principio del Decretum gratiani: Humanum
genus duobus regitur, naturali videlicit iure, et moribus. Ius
naturale est, quod in lege et Evangelio continetur, quo quisque
iubetur, alii facere, quod sibi vult fieri, et prohibetur, alii
inferre, quod sibi nolit fieri (el género humano se rige
por dos cosas, a saber, el derecho natural y las costumbres. Derecho
natural es el que se contiene en la ley y el Evangelio, por el
que se manda a cada cual no hacer a otro sino lo que quiere que
se le haga a él, y se le prohíbe infligir a otro
aquello que no quiere que se le haga a él).
4) Es lo que he tratado de exponer en el libro mío que
he mencionado en la nota 2: Glaube –Wahrheit –Toleranz;
cfr. también M. Fiedrowicz, Apologie im frühen Christentum,
seg. edición, Paderborn 2002.
5) K. Hübner, Das Christentum im Wettstreit der Religiones,
Tubinga 2003, 148.